Violencia de Género
Asistencia jurídica especializada a víctimas de violencia de género con máxima sensibilidad y protección. Solicitud de órdenes de protección, defensa en procedimiento penal y asesoramiento integral.
La violencia de género es una lacra social que exige una respuesta jurídica contundente y especializada. La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género creó los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que tienen competencias penales y civiles. Nuestro despacho ofrece una asistencia jurídica inmediata a las víctimas, con la máxima sensibilidad y el rigor técnico que requieren estos procedimientos. Entendemos la difícil situación personal por la que atraviesa la víctima y ofrecemos un acompañamiento cercano y profesional en todo el proceso.
Detalle del Servicio
Orden de Protección
Es el instrumento jurídico fundamental para garantizar la seguridad de la víctima. Puede solicitarse ante el juzgado de guardia, la comisaría o el puesto de la guardia civil. En un plazo máximo de 72 horas, el juez resuelve sobre las medidas solicitadas: orden de alejamiento, prohibición de comunicación, atribución de la vivienda, suspensión del régimen de visitas y otras medidas cautelares penales y civiles.
Procedimiento Penal
La víctima tiene derecho a personarse como acusación particular, con asistencia letrada desde el primer momento. Nuestro despacho se encarga de formular la denuncia o querella, solicitar las diligencias de prueba necesarias y ejercer la acusación en todas las fases del procedimiento, incluido el juicio oral. También asesoramos sobre la posibilidad de solicitar la responsabilidad civil derivada del delito.
Medidas Civiles
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer también puede adoptar medidas civiles relativas a los hijos menores: guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos y uso de la vivienda familiar. Estas medidas pueden adoptarse con carácter provisional y mantenerse durante la tramitación del procedimiento penal.
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