Expedientes de Reforma de Menores
Defensa de menores en expedientes de reforma ante la jurisdicción de menores. Asesoramos a las familias con un enfoque que prioriza el interés superior del menor y su reinserción social.
La Ley Orgánica 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores establece un sistema específico para los menores de entre 14 y 18 años que cometen infracciones penales. A diferencia del proceso penal de adultos, la jurisdicción de menores tiene una finalidad fundamentalmente educativa y de reinserción. Las medidas que pueden imponerse van desde la amonestación y la libertad vigilada hasta el internamiento en régimen cerrado para los casos más graves. Nuestro despacho ofrece una defensa especializada en esta jurisdicción, con un profundo conocimiento de sus particularidades procesales y sustantivas.
Detalle del Servicio
Derechos del Menor
El menor investigado tiene los mismos derechos que un adulto en el proceso penal, además de protecciones específicas: derecho a la asistencia letrada desde el primer momento, derecho a que sus padres o tutores estén presentes en las declaraciones, y derecho a la presunción de inocencia. Nuestra labor es garantizar que estos derechos se respetan escrupulosamente.
Medidas Susceptibles de Imposición
El catálogo de medidas es amplio y graduable: amonestación, prestaciones en beneficio de la comunidad, libertad vigilada, tareas socioeducativas, tratamiento ambulatorio, convivencia con grupo educativo, internamiento en régimen abierto, semiabierto o cerrado. La elección de la medida depende de la gravedad del hecho, las circunstancias del menor y su entorno familiar y social.
Conformidad y Mediación
La Ley del Menor fomenta la desjudicialización y las soluciones extrajudiciales. La mediación penal y la conformidad del menor con la medida propuesta por el Ministerio Fiscal permiten resolver el expediente sin necesidad de juicio, reduciendo el impacto negativo del proceso sobre el menor y favoreciendo su rápida reinserción.
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