Abogada en Murcia

Medidas Extramatrimoniales

Las medidas extramatrimoniales regulan las relaciones paterno-filiales y económicas cuando una pareja no casada con hijos en común pone fin a su convivencia. Garantizamos la protección de los derechos de todas las partes implicadas.

Cuando una pareja de hecho con hijos en común cesa su convivencia, es necesario regular las medidas que afectan a los hijos menores y a las relaciones económicas entre los progenitores. A diferencia del matrimonio, la pareja de hecho no tiene un régimen económico predefinido, lo que puede complicar la liquidación de los bienes comunes. Nuestro despacho ofrece un asesoramiento integral y personalizado en estos procedimientos.

Detalle del Servicio

Medidas Paterno-Filiales

Incluyen la determinación de la guarda y custodia de los hijos menores, el régimen de visitas del progenitor no custodio y la fijación de la pensión de alimentos. Estas medidas se rigen por el principio del interés superior del menor, que es el criterio rector de todas las decisiones judiciales en esta materia.

Atribución de la Vivienda Familiar

Al igual que en los procedimientos matrimoniales, el uso de la vivienda que constituía el domicilio familiar se atribuye atendiendo al interés de los hijos menores. Si no hay hijos, el criterio es el del interés más necesitado de protección.

Liquidación de Bienes Comunes

En ausencia de un régimen económico matrimonial, la liquidación de los bienes adquiridos durante la convivencia puede requerir acudir a las reglas de la comunidad de bienes o del enriquecimiento injusto, lo que exige un análisis detallado de cada caso concreto.

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